Antes de dar una señal por un piso en Madrid conviene saber de quién es de verdad, si arrastra una hipoteca o un embargo y si lo que se anuncia coincide con lo que consta en el Registro. Todo eso se ve en un documento de una o dos páginas que cuesta unos pocos euros: la nota simple. Muchos compradores la piden tarde, cuando ya han firmado las arras, y es justo el orden contrario al que recomendamos.
Es un extracto informativo de lo que figura inscrito en el Registro de la Propiedad sobre una finca concreta. La expide el registrador del distrito donde está el inmueble y refleja la situación en la fecha en que se emite. Tiene valor informativo: si necesitas un documento con plena fe pública, por ejemplo para un procedimiento judicial, lo que se pide es una certificación registral, más cara y más lenta.
Para una compraventa normal, la nota simple basta para revisar la situación jurídica antes de negociar. Más adelante, el notario volverá a consultar el Registro el mismo día de la firma de la escritura.
La nota se organiza en varios apartados. Lo primero es la descripción de la finca: municipio, situación, superficie, linderos, cuota de participación en la comunidad y sus códigos de identificación (número de finca y código registral único, el IDUFIR o CRU).
Después vienen los titulares: quién es el propietario, en qué proporción y por qué título lo adquirió (compraventa, herencia, donación, adjudicación tras un divorcio...). Si hay varios dueños, todos tendrán que firmar la venta.
El apartado de cargas es el que más interesa al comprador. Ahí aparecen hipotecas, embargos, anotaciones de demanda, servidumbres, usufructos, condiciones resolutorias o afecciones fiscales pendientes. Una hipoteca no impide vender, pero hay que pactar cómo se cancela con el dinero de la compraventa. Un embargo o una anotación preventiva obligan a mirar el asunto con más calma.
La vía más cómoda es la sede electrónica del Colegio de Registradores (registradores.org). Se puede buscar la finca por su dirección, por el número de finca y registro, por el IDUFIR o por el nombre del titular, aunque en este último caso hay que justificar un interés legítimo, porque el Registro protege los datos personales. El pago se hace con tarjeta y el precio ronda los 9 euros más IVA. En días laborables suele llegar por correo electrónico en pocas horas.
También se puede pedir en persona en el Registro que corresponda o a través de gestorías y portales intermediarios, que cobran algo más por el servicio. En Madrid capital hay muchos registros distintos según la zona, así que la búsqueda por dirección en la sede online evita equivocarse de oficina.
Primero, que el vendedor que tienes delante sea el titular inscrito, o todos ellos si hay varios. Si el piso viene de una herencia que todavía no se ha inscrito, la venta es posible, pero hay que ordenar antes la documentación.
Segundo, las cargas vivas. Hipotecas antiguas ya pagadas pueden seguir constando porque nadie las canceló en el Registro; se resuelve, pero lleva tiempo y gastos que conviene repartir por escrito.
Tercero, la superficie y la descripción. Si el anuncio habla de un ático con terraza y en el Registro la terraza no existe, o el trastero no aparece vinculado, hay que aclararlo antes de pagar nada.
Cuarto, las limitaciones de uso: viviendas de protección oficial con precio máximo de venta, usufructos a favor de un familiar o prohibiciones de disponer.
Quinto, la fecha. La nota refleja el día en que se emite. Si entre la primera consulta y las arras pasan semanas, pide otra.
El Registro no recoge las deudas con la comunidad de propietarios ni los recibos del IBI pendientes, y tampoco informa de si hay inquilinos u ocupantes. Para eso hacen falta el certificado de deudas firmado por el secretario o administrador de la comunidad, el último recibo del IBI y una visita con calma al inmueble. El certificado de eficiencia energética y la cédula o licencia, cuando proceda, completan el expediente.
En JGB Consultores trabajamos muchas operaciones con venta discreta: el inmueble se difunde en los principales portales, con millones de visitas al mes, y en nuestra red privada de compradores, pero sin publicar la calle ni detalles que identifiquen la vivienda. La dirección exacta, la nota simple y el dossier completo se entregan solo a compradores verificados. El propietario conserva su privacidad y el comprador serio recibe toda la información registral desde el primer momento, antes de comprometer un euro.
Si vas a comprar o vender en Madrid y quieres que revisemos la nota simple, las cargas o la fiscalidad de la operación, nuestro equipo de asesoramiento fiscal y legal puede ayudarte. Contacta con JGB Consultores y te contamos cómo funciona nuestra venta discreta.
Información orientativa a octubre de 2026. Las tarifas y procedimientos del Registro pueden cambiar; consulta cada caso con un profesional.
Foto de portada: Olena Kholina / Unsplash
5 de octubre de 2026 05/10/2026
El 2 de octubre el Congreso tumbó los dos decreto…
2 de octubre de 2026 02/10/2026
Desde que el Gobierno aprobó los decretos de vivi…
2 de octubre de 2026 02/10/2026
Alquilar una vivienda en la ciudad de Madrid cost…
28 de septiembre de 2026 28/09/2026
Cuando comprador y vendedor se ponen de acuerdo e…
27 de septiembre de 2026 27/09/2026
El precio medio de oferta de la vivienda en Madri…